
Muchas veces las personas se ven envueltas en circunstancias que les impiden seguir trabajando, ya sea por un accidente laboral o de tráfico. Si sois víctima de este tipo de problemas, recordad que lo mejor que podéis hacer es buscar la ayuda de un abogado especialista para que te brinde la asesoría que necesitáis.
Estos profesionales se encargarán de gestionar vuestro asunto y de hacerte saber cuáles son tus derechos, para que logréis reclamar una justa compensación por incapacidad permanente.
Ten en cuenta que sin importar tu nivel académico o laboral, tenéis derecho a recibir una prestación económica por incapacidad permanente. Misma que debe ser solicitada de manera eficaz. En torno a esto, en el siguiente post se abordará todo lo relacionado con el tema y sus correspondientes indemnizaciones.
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¿Qué es la incapacidad permanente?
Es aquella condición que perjudica el ejercicio de las actividades laborales de un individuo, a causa de una lesión grave padecida tras un accidente de tráfico, laboral o enfermedad. Imposibilitándola para retomar las actividades que desempeñaba, de manera temporal o definitiva.
Cuando se presenta este tipo de situación, los afectados tienen derecho a exigir y percibir una prestación económica de parte del Instituto Nacional de Seguros Sociales. Dicho organismo determinará el monto justo, basándose en el grado de incapacidad que presente la persona.
Algunas consideraciones
Para poder solicitar una incapacidad permanente, el ciudadano debe encontrarse bajo la modalidad de “incapacidad temporal” primero que todo. Esta debe ser otorgada por un profesional de la medicina, si la persona recibió algún daño físico que fuese el causante de una limitación anatómica o funcional.
La incapacidad temporal puede deberse por un accidente de tráfico, laboral, enfermedad profesional o una enfermedad común. Dicha inhabilidad tiene un periodo de 12 meses los cuales por medio de una prórroga pueden extenderse hasta 18. Al cabo de un año, el afectado debe dirigirse a un tribunal médico para solicitar uno de los siguientes supuestos:
- Que se establezca la necesidad de prórroga por 6 meses más la incapacidad temporal, para que el afectado puedas seguir recuperándose. Si luego de cumplirse dicho periodo especial la persona no ha mejorado, se considera que no lo hará, y deberá solicitar la incapacidad permanente.
- Decretar el alta médica a la persona para que esta pueda regresar inmediatamente a su puesto de trabajo. Puesto que se considera que se ha recuperado completamente y puede continuar desempeñando sus labores como lo venía haciendo.
- Iniciar las gestiones necesarias para solicitar la incapacidad permanente. Pues, pese a haber recibido el alta médica y los exhaustivos tratamientos, la persona no muestra mejoría alguna y las lesiones aún persisten.
Cabe acotar que la incapacidad permanente puede ser solicitada sin necesidad de esperar que los 18, o incluso los 12 meses transcurran en su totalidad. Si durante ese tiempo se llegase a demostrar la existencia de secuelas graves que están deteriorando las habilidades del trabajador, tal discapacidad puede solicitarse.
Un ejemplo de esto sería un trabajador que pierda ambas manos durante su trabajo. Obviamente deberá pasar por el respectivo proceso de curación y cicatrización, pero es evidente que no podrá seguir ejerciendo sus actividades laborales como lo venía haciendo. De manera que podrá solicitar la incapacidad permanente sin necesidad de esperar que transcurra el lapso de tiempo previamente indicado.
¿Cuáles son los grados de incapacidad permanente?
Existen 4 grados de incapacidad permanente y son los siguientes:
Incapacidad permanente parcial
La incapacidad permanente parcial causa en el trabajador una reducción no menor del 33% de su productividad. No obstante, no lo imposibilita para llevar a cabo las actividades esenciales, por lo que podrá seguir ejerciendo sus actividades laborales más esenciales.
Sin embargo, se encontrará limitado para el cumplimiento de tareas complementarias que hagan parte de su labor. En este sentido, el trabajador puede realizar lo siguiente:
- Ejercer un trabajo diferente por sus propios medios o por medio de un tercero.
- Regresar a su puesto de trabajo, aunque dependerá de que tan incapacitado este. Asimismo, deberá evaluarse su posterior rehabilitación.
Los anteriores requisitos deben haberse cumplido para el momento en que se produzca el accidente de tráfico, laboral, o enfermedad que origine incapacidad.
Cotización de la incapacidad permanente parcial
- Si la incapacidad proviene de una enfermedad común, requiere de un periodo de cotización que dependerá de la edad del trabajador. Aquellos trabajadores que tengas más de 21 años, deben poseer 1800 días cotizados en un lapso de 10 años.
Si el trabajador es menor de 21 años, debe tener las cotizaciones de la mitad de los días que pasaron entre sus 16 años y en el que inicia el proceso de incapacidad temporal.
- Si la incapacidad proviene de un accidente de tráfico, laboral o una enfermedad profesional, no será necesario contar con un periodo de cotización.
Prestación de la incapacidad permanente parcial
Una vez que se haya determinado la prestación por incapacidad temporal, que luego pasa a ser permanente, se hará solo un pago de 24 meses. El mismo se hará empleando lo dispuesto en el baremo, el cual es usado para determinar las prestaciones correspondientes y está vinculado a las cotizaciones.
En tal sentido, mientras mayor sean las cotizaciones, las prestaciones serán superiores. Asimismo, el baremo tiene en consideración otros aspectos relevantes como el daño producido por la incapacidad, su grado, la edad de trabajador entre otras cosas.
Incapacidad permanente total
Cuando el trabajador no pueda realizar ninguna otra actividad relacionada con su trabajo a causa de las lesiones que ha sufrido, se habla de una incapacidad permanente total. No obstante, y a pesar de no poder cumplir con las tareas esenciales, puede realizar otras actividades complementarias diferentes.
Aparte, el trabajador puede dedicarse a otra profesión o desempeñarse en un campo laboral cuyas lesiones no le resulte un impedimento. Para la cotización de la incapacidad permanente total, se necesita cumplir con lo siguientes requisitos:
- Si la incapacidad proviene de una enfermedad común, debe tener un periodo de cotización, mismo que debe estar sujeto a la edad del trabajador.
Cuando el trabajador tenga más de 31 años, entre su cumpleaños número 20 y el hecho generador de la enfermedad o lesión por accidente, tiene que haber cotizado 1/4 del tiempo transcurrido. Este es el período genérico de cotización, y en el mismo se debe cotizar como mínimo 5 años.
Adicionalmente, el período específico de cotización, 1/5 del exigible, se divide de la siguiente forma:
- Se debe cotizar en los 10 años anteriores al hecho que dio origen a la incapacidad.
- en su defecto, en los 10 años anteriores a la fecha de la terminación de la obligación de cotizar. Siempre y cuando acceda a la pensión a partir de una situación de alta médica, o asimilada a esta, sin tener que cotizar.
Prestación de la incapacidad permanente total
La prestación económica que se otorga en estos casos, es una pensión de por vida mensualmente. Sin embargo, hay que acotar que esta puede ser sustituida por una compensación “a tanto alzado”, aunque esto solo ocurre en casos extraordinarios. Así mismo, el beneficiario debe tener menos de 60 años para poder recibir tal indemnización.
El porcentaje que corresponde en la precitada pensión vitalicia mensual por regla general, es de un 55% de la base reguladora. La cual podría verse incrementada en un 20% para el caso de las personas mayores de 55 años. Esto, si no pudiesen obtener otro trabajo distinto al que venían realizando, por no contar con la experiencia necesaria, o debido a situaciones laborales o sociales.
Requisitos para la solicitud de la incapacidad permanente parcial e incapacidad permanente total
- No tener la edad indicada en la sección 1. a) del artículo 205 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS) al momento del hecho generador. O en su defecto, no poseer los requisitos para recibir la pensión de jubilación contributiva si la incapacidad proviene de contingencias comunes.
- Encontrarse en alta médica o una situación asimilada a esta, que puede ser por desempleo, excedencia forzosa, suscripción de convenio especial, maternidad, paternidad entre otros.
- Tener al menos un periodo de cotización si la incapacidad proviene de una enfermedad común.
Incapacidad permanente absoluta
Supone la imposibilidad por parte del trabajador para llevar a cabo cualquier trabajo profesional o en algún campo específico. De manera que, a pesar de contar con los conocimientos y la preparación necesaria para desenvolverse en dicha área, no se encuentra en condiciones óptimas de salud.
Por tal motivo, aquel trabajador que sufra una incapacidad absoluta, no podrá realizar ningún trabajo principal, o afín a este. En cuanto a los requisitos para solicitar la incapacidad permanente absoluta, son los mismos que para la incapacidad permanente total.
Con relación a las prestaciones por incapacidad permanente absoluta, al trabajador se le otorgará una pensión anual vitalicia, que será igual al 100% de la base reguladora. Dicho porcentaje podrá ser incrementado en un 30 o 50% cuando las lesiones sean producto de un accidente laboral o enfermedad profesional, propiciado por máquinas, artefactos o mal estado de las instalaciones.
En este sentido, el monto deberá ser cancelado completamente por el empleador infractor.
La gran invalidez
Procede cuando el grave daño que ha recibido el cuerpo del trabajador, le provoca una pérdida funcional o anatómica que le impide ejercer sus actividades laborales. Volviéndolo dependiente de un tercero para que lo ayude a realizar tareas sencillas como: alimentarse, bañarse, vestirse, etc. Las personas en este grado no pueden efectuar ningún tipo de actividad laboral.
En lo que respecta a sus prestaciones, al trabajador le corresponde una pensión mensual que deberá ser calculada por medio del empleo de un porcentaje del 150% de la base reguladora. El 50% adicional es un extra del 100% de la incapacidad permanente absoluta, que deviene de que una persona lo ayude.
Pues, debido a que el trabajador no tiene la capacidad para realizar los quehaceres o tareas cotidianas, necesitará de la ayuda de una persona. En caso de ser enviado a una Institución Asistencial Pública del Sistema de Seguridad Social, el 50% extra al que se hizo alusión previamente, servirá para cubrir los gastos que generen por su estancia, como por la asistencia general que reciba.
Cómo solicitar la reclamación de la incapacidad permanente
Para solicitar la incapacidad permanente se deben seguir los siguientes pasos:
1. Presentación de la solicitud de la incapacidad permanente
Solicitud hecha por la parte interesada: El interesado en persona debe acudir a la oficina del Instituto Nacional de la Seguridad Social y llenar el formulario de solicitud de incapacidad permanente. Se debe prestar especial atención a cada una de las partes del documento e identificar los motivos médicos por lo que no puede continuar trabajando.
Solicitud hecha a instancia de un organismo colaborador: En este caso, puede ser la mutua de accidente la compañía que inicialmente tramito la incapacidad temporal.
Solicitud realizada de oficio: La propuesta de incapacidad permanente del trabajador queda a cargo del INSS.
2. Asistir a un tribunal médico
Después de haber entregado la solicitud de incapacidad permanente, el trabajador será llamado pasados 30 días. Cuando acuda y con ayuda del equipo de valoración de incapacidades, el tribunal médico evaluará todos los motivos médicos que tienen lugar en la petición. Para que exista una evaluación eficiente, el lesionado deberá consignar los informes médicos tanto en original como en copia.
3. La resolución del INSS
Luego, se emitirá una resolución que deberá ser enviada al correo del lesionado, y que puede llegar a demorar poco más de 30 días. En la misma se decidirá si se le niega u otorga la incapacidad permanente y el grado de esta. Bajo cualquiera de estos supuestos, puede ocurrir lo siguiente:
- De estar de acuerdo con la resolución emitida y que aprueba la incapacidad permanente, se procederá a establecer los lapsos en los que se harán las revisiones por mejoría o empeoramiento de las lesiones.
- De no estar de acuerdo con la resolución emitida, recordaos que la reclamación hacer parte de los derechos como ciudadano español, de manera que podéis ejercerla.
Indemnizaciones por incapacidad permanente proveniente de accidentes laborales
Los accidentes laborales al igual que los de tráfico, puede ocasionar graves lesiones a sus víctimas y desembocar en una incapacidad permanente. Los cuales pueden traer como consecuencia dos tipos de reclamaciones que son:
- Reclamación por incapacidad permanente.
- Reclamación de una compensación por el daño causado en el accidente.
Llegados a este punto, es importante añadir que a la reclamación por incapacidad permanente, se le puede sumar la indemnización por los daños causados durante el accidente. De manera que ambas pueden ser reclamadas, según como sea abordado el caso.
En esta web podrás encontrar abogados especializados en dicha área, los cuales realizarán los trámites y gestiones pertinentes para alcanzar tal compensación. Misma que podéis recibir tras una defensa sólida de tus derechos, cuando en el ejercicio de tus actividades labores o durante el desplazamiento entre tu vivienda y lugar de trabajo, sufras alguna lesión o tengas un accidente.
Revocatoria de una incapacidad laboral
El Instituto Nacional de Seguros Sociales es el ente encargado de revisar las incapacidades y de revocarlas de ser necesario. Ya sea por el equívoco en el diagnóstico de un trabajador, o si este percibe prestaciones por trabajos independientes por cuenta propia o ajena. Siendo que el mismo no debería estar trabajando.
En consecuencia, esto trae la perdida inmediata de la pensión que el trabajador estaba percibiendo por la incapacidad antes declarada. Por suerte, la revocatoria dada por el INSS puede ser impugnada, aunque dependerá de las pruebas y del abogado especialista que lo asesore. Asimismo, deberá contar con un perito médico con amplia experiencia en la valoración de la misma.
Nuestro equipo de abogados especialista está a tu entera disposición
Dado que algunas de decisiones tomadas por el INSS pueden no ser justas, es importante contar con la ayuda de abogados profesionales. En este sentido, nuestra firma de abogados cuenta con una gran cantidad de casos resueltos, en los que los trabajadores son perjudicados por las decisiones del INSS.
Tal logro se debe a que contamos con profesionales en el sector del derecho y médicos peritos que trabajan en conjunto, para que podamos defender de manera óptima y eficiente los derechos de nuestros clientes. Así, que si posees lesiones que puedan desembocar en alguno de los grados de incapacidad antes mencionados, ponte en contacto con nosotros.
Reclamación de la resolución del INSS acerca de la incapacidad permanente
Para realizar la solicitud de la resolución, el lesionado deberá cumplir con los siguientes pasos:
Realiza una reclamación en el INSS
El trabajador lesionado posee desde el momento en que recibió la resolución, 30 días hábiles para efectuar una reclamación previa ante dicha entidad. Esta persona debe demostrar por medio de argumentos sólidos, las razones por las cuales se le debe otorgar la incapacidad permanente en el grado requerido.
El INSS está obligado a oír cada uno de los argumentos que el trabajador lesionado plantee, así como a revisar los informes médicos aportados. Al final de todo, deberá emitir una nueva resolución.
Si el INSS niega la solicitud previa
El trabajador lesionado puede interponer una demanda ante el Juzgado de lo social, acción que deberá llevar a cabo dentro de los siguientes 30 días hábiles a la notificación de la última resolución.
Contar con el apoyo de un abogado especialista en accidente de tráfico y laborales es fundamental, ya que este profesional cuenta con la experiencia necesaria para defender sus derechos y brindarle una defensa sólida para que resultéis beneficiado.
Asistir a juicio
Posteriormente, el trabajador lesionado deberá acudir a juicio en compañía de su abogado. Allí se solicitará la declaratoria de la incapacidad permanente y el grado correspondiente, suministrando para ello prueba contundentes.
Al finalizar el juicio, será el juez quien dictamine si efectivamente al trabajador lesionado le corresponde una incapacidad permanente así como el grado de la misma, o si por el contrario se la niega. Con respecto a la última situación planteada, la decisión puede ser apelada ante instancias superiores, tales como el Tribunal Supremo y el Tribunal Superior de Justicia.
Nuestro equipo de abogados especialista cuenta con una vasta experiencia en casos de incapacidades, por lo que podemos garantizarte que realizarán todas las gestiones que necesites para reclamar ante el Seguro Social, de manera efectiva y responsable.
Por otro lado, nuestros médicos especializados valorarán la incapacidad, para que el reclamo sea completamente eficiente. Además, de ser necesario, le asistirán en un hipotético juicio o cualquier instancia superior.
Preguntas frecuentes
Estas son algunas de las preguntas más frecuentes que suelen surgir con relación a la incapacidad permanente por accidente de tráfico y laboral.
¿Cuánto puedo recibir en una la indemnización por accidente de tráfico?
Los grados de incapacidad permanentes son muy importantes para determinar la compensación que recibiréis tras el accidente de tráfico. Por esta razón, a continuación se presentará un aproximado de cada uno de estos:
- Incapacidad permanente parcial: 40.000 Є aproximadamente.
- Incapacidad permanente total: 110.000 Є aproximadamente.
- Incapacidad permanente absoluta: 600.000 Є aproximadamente.
- La gran invalidez: 1.100.000 Є aproximadamente.
¿Cuál es la indemnización que recibiré por accidente laboral?
Existen varias incapacidades que se pueden reclamar en caso de sufrir un accidente laboral. Una de ellas es la compensación por incapacidad permanente, la cual guarda semejanza con los accidentes de tráfico. Adicionalmente, también están las de los convenios colectivos, y los recargos prestacionales.
¿Qué se conoce como indemnización del convenio colectivo?
Muchos de los convenios colectivos que existen en la actualidad fijan compensaciones para todos los trabajadores. Tanto en lo que respecta a la incapacidad permanente, como por el deceso de las víctimas luego de sufrir accidentes laborales. Estas indemnizaciones se supeditan a tres aspectos importantes que son:
- Convenios suscritos.
- La provincia donde aplica.
- El grado de la incapacidad permanente.
¿Qué ocurre si me otorgan una incapacidad permanente?
La concesión de una incapacidad permanente suele extinguir el contrato de trabajo. Si el INSS considera que el trabajador puede mejorar en el plazo de 12 o 18 meses prorrogables, la empresa tendrá que obligatoriamente reservar el puesto de trabajo durante ese lapso de tiempo. Por ende, la relación laboral no se extingue, sino que se suspende.